La denominada Prestación por Desempleo es una asistencia que se ofrece para que pueda contrarrestar la caída abrupta de ingresos generada por la perdida involuntaria (o sin causa justa) del empleo, disminuir el riesgo al desaliento y ayudar a la búsqueda y selección de un nuevo trabajo.
¿Quién puede pedir el seguro por Desempleo?
Se encuentra destinado a los trabajadores asalariados registrados, legalmente despedidos “sin justa causa” o “por fuerza mayor”, o bien que hayan perdido su empleo por el quiebre de la empresa en la que estaban prestando sus servicios.
¿Qué otorga el Prestación por Desempleo?
Con este beneficio se va a acceder a una suma de dinero mensual, el cual no puede ser menor a 1726 pesos ni menor a 3456 pesos. Accederán a Asignaciones Familiares, tendrán cobertura medico asistencial, van a tener reconocimiento de la antigüedad para la jubilación, posibilidad de percibir todas las cuotas del seguir ara desarrollar un emprendimiento.
Para desalentar la desocupación voluntaria y estimular que busquen un nuevo empleo hay una escala decreciente en la prestación que se cambia cada cuatro meses.
Durante el primer periodo se recibe el ciento por ciento de la prestación adjudicada, de la quinta cuota a la octava el 85 y el 70 por ciento durante los últimos cuatro meses, más las asignaciones familiares correspondientes.
La duración de la Prestación por Desempleo depende del tiempo que se haya trabajado y contribuido al Sistema de la Seguridad Social. La duración de estas prestaciones va de 3 a 8 meses y, se trata de una persona mayor de 45 años de edad, el seguro automáticamente pasara a durar seis meses.
¿Cómo y dónde inscribirse?
El plazo para comenzar el tramite es de noventa días hábiles desde que finaliza la relación laboral. Los días que exceden de este plazo son descontados del total del periodo de la prestación que le corresponda al trabajador o trabajadora.
Tienen que ir a una oficina de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) si son un empleado comprendido por las Leyes Nº 4.013 y N° 25.371 o a el RENATRE si se es trabajador comprendido por el Régimen de Trabajadores Rurales.
Es importante recordar que, para mantener el cobro de la prestación, el trabajador tiene que cumplir las siguientes responsabilidades, dar toda la documentación solicitada y comunicar los cambios de domicilio, deberán aceptar los empleados adecuados que le sean brindados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social e ir a las acciones de formación para las que sean convocados.
También tienen que aceptar los controles que determina la autoridad de aplicación, para ello tienen que leer atentamente el recibo de corbo en donde se le indicara el día y la hora de presentación, también pedir la suspensión del pago del Seguro por Desempleo al incorporarse a un nuevo trabajo (5 días hábiles para hacer el trámite) y reintegrar los montos de prestaciones indebidamente percibidas.
Deja una respuesta